miércoles, 8 de febrero de 2012

Hablando de juicios

Llevamos unas semanas que los temas judiciales dan para mucho. Hemos pasado por Marta del Castillo y por el Sr. Camps, los dos con sentencias comprometidas y ahora vamos, y por duplicado, contra el Juez Garzón.

Del primero poco que hablar, Miroslav lo hizo por mi. Solo me resta añadir que si el culpable no hubiese confesado, es más que probable que se hubiera ido de rositas porque, no nos engañemos, juzgar a alguien por asesinato sin cadáver de por medio, es bastante complicado. De hecho, a día de hoy, nadie ha probado que Marta esté muerta, por lo que el asesino bien podría haber dicho:

- Reconozco haberla golpeado porque me dijo que me abandonaba. Se fue de aquí y vi como se montaba en un coche con un hombre en un coche oscuro...

y sin cuerpo de por medio a ver quien prueba que no miente. De hecho, a la vista de las pruebas forenses, la condena de veinte años está muy traída por los pelos y no nos debería de extrañar que el Supremo rebajase la sentencia.

Del caso Camps, poco que decir. Lo que sé, lo sé por los medios de comunicación, lo que supone una visión muy parcial del tema, y si cinco señores, frente a cuatro, que se han tragado todo el proceso y han oído enteras las dos versiones dicen que no hubo cohecho, pues habrá que creerlos.

De hecho ambas sentencias se basan en un principio fundamental reconocido en cualquier democracia y, por supuesto, en nuestro ordenamiento jurídico: la presunción de inocencia. Aplicado al caso Camps la cosa quedaría de esta guisa:

Si el fiscal acusa al Sr. Camps de trato de favor hacia un determinado individuo a cambio de unos trajes, le corresponde a él probar, más allá de toda duda razonable (como dicen en las películas), que:
  1. El Sr. Camps recibió esos trajes gratis.
  2. Existió dicho trato de favor.
El Sr. Camps basta con que diga, y así lo hizo, que pagó sus trajes y, recordemos, que el no guardar una factura, o dos o tres, aunque sean de 12000 euros no es un delito.

De manera, que por lo que yo he leído y seguido del juicio, mi sentencia hubiese sido absolutoria aunque crea que es culpable, porque, entiendo, que para condenar a alguien debes tener certeza. Es lo que se conoce como in dubio, pro reo.

Llegamos ahora a mi favorito: el juez Garzón y sus tres frentes. Ya adelanté en su día que el Sr. Garzón no es santo de mi devoción, ni de muchos socialistas de pro, que no dudan en tacharle de prevaricador.

Pero a lo que íbamos. De las tres causas, las dos primeras son, al menos para mi, más técnicas que otra cosa y supongo que los jueces ya nos dirán a su debido momento si sí o si no y si blanco o si negro. El tercero es más mundano. Por lo visto, y con independencia que uno lea Público o El Mundo parece ser que Garzón pidió al Sr. Botín 327.000 dólares, para la celebración de unos cursos, moderados todos por él, en la Cátedra Rey Juan Carlos I de España de la Universidad de Nueva York, donde estuvo entre marzo de 2005 y junio de 2006. Posteriormente archivó una querella presentada contra Emilio Botín, presidente del Banco Santander, en octubre de 2006.

Resumiendo: Garzón decide organizar unos cursos en Nueva York. Pide ayuda económica al Sr. Botín, éste se la da, se embolsa una pasta gansa, a continuación le presentan una querella contra el Sr. Botín y   él la archiva.

Reconozcamos, al menos, que así contado la cosa más que oler mal, apesta.

No dudo que lo que se dice en Público,

"es lo que vienen haciendo desde hace 25 años los presidentes o directivos de las asociaciones de jueces y fiscales, cuando reclaman a las entidades de crédito subvenciones para la celebración de sus congresos anuales. "

sea cierto. Es más, de serlo, me parece extremadamente grave y lo único que probaría sería el mamoneo existente entre el Poder Judicial y el Poder Económico.


Tampoco dudo, ni por un momento, que el archivo de la querella fuese justo y totalmente ajustado a derecho. No se trata de eso. Por lo visto el Sr. Garzón olvidó una máxima fundamental vigente desde el tiempo de los romanos, y es que "no basta que la mujer del César sea honesta; también tiene que parecerlo"

¿Por qué? ¿Qué tienen en común los tres casos? A mi modo de ver, estos tres casos comparten con el Caso Nécora, el juicio a los Gal y el caso Pinochet, la soberbia del juez Garzón.

Vale, la soberbia no es un delito, tan solo un pecado. Eso sí, es el primer pecado capital. Claro que eso solo cuenta si eres católico.

En todos los casos el Sr. Garzón actúa impelido por un sentido bronsoniano de "Yo soy la justicia". En el caso del Santander, ¿no hubiera sido mucho más sencillo auto recusarse? ¿Por qué no lo hace? ¿Acaso no es consciente que con su actuación no solo se pone a él en tela de juicio si no también a todo el sistema judicial?

Definitivamente el ser soberbio no le impide a uno ser juez. Tan solo te impide ser un buen juez y alguien debería decírselo.

3 comentarios:

Lansky dijo...

Tecnicismos jurídicos al margen, de los que no soy devoto (de la jsuticia me interes amásel espíritu que la letra, los juristas de verás que los leguleyos), Garzón, del que tampoco soy devoto, se encontró sin amparo y entre dos fuegos de los partidos mayoritarios: los socialistas le consideran un traidor por los casos emprendidos por él contra la corrupción del PSOE y sobre todo por los GAL, y los PP lo mismo por los Gurtel y las tumbas de republicanos fusilados. Literalmente sin amparo y entre ambos bandos por muy juez que sea, su soberbia y cierto residuo de honradez probablemente hizo el resto

Miroslav Panciutti dijo...

Tienes razón en que no hubo ninguna otra prueba condenatoria contra el asesino que su propia confesión. Lo cual acojona, la verdad.

En cuanto al ex-juez Garzón, habemus sentencia. Acabo de leerla y probablemente escriba en breve sobre la misma.

Numeros dijo...

Lansky, Miros Nada que añadir. Mi opinión sobre la sentencia la daré el día que me lea la sentencia pero un anticipo de ella está en le blog de Miros.